Por: Coronel (RP). Jorge Elías Salazar Pedreros[1]

Presidente del Colegio Profesional de Administradores Policiales

Integrante de la Junta Directiva del Colegio de Coroneles de la Policía Nacional


[1] Magister en Seguridad Pública, Especialista en Seguridad, Especialista en Gestión Pública, Especialista en Docencia Universitaria, Profesional en Administración Policial, Profesional en Administración de Empresas.

La alcaldesa de Bogotá asumió el liderazgo para promover la creación de un cuerpo de policía local, planteada como solución al déficit de efectivos de la policía en la ciudad y a los problemas de inseguridad y de afectación a la convivencia que se presentan en la capital, que no han tenido los mejores resultados durante su mandato. Públicamente ha manifestado que ha sido “engañada” por la institución policial que le prometió mil quinientos nuevos policías para Bogotá y que al contrario se han disminuido. Sin lugar a dudas no es la mejor alternativa si en realidad el propósito fuera mejorar la seguridad de los ciudadanos, al contrario se considera una propuesta inoportuna que promueve la burocracia y la politización de un servicio fundamental para la vida democrática de nuestro país.

La experiencia de la policía local en nuestro país se remonta a la policía municipal que ya hizo parte de nuestro proceso histórico con resultados nefastos, por lo vivido en la denominada época de “la violencia política” que tuvo un largo período caracterizado por asesinatos a causa del color político en el que se militaba.

Sabemos que en la década de los años treinta, tanto el partido liberal como el partido conservador utilizaron políticamente el cuerpo de policía “municipal” como “instrumento de lucha partidista” para ejercer dominio y persecución sobre los ciudadanos de uno u otro bando político, desarrollando acciones de control social por decisión y voluntad de dirigentes políticos como sucedió en territorios del departamento de Santander y Boyacá, por mencionar algunos. Por tanto, las consecuencias de este tipo de propuestas es crear un cuerpo totalmente politizado donde un mandatario local selecciona, nombra sus integrantes a su conveniencia, y decide las actividades que deben cumplir, cuando puede actuar o cuando “debe hacerse a un lado” o no interferir de acuerdo a intereses impropios.

De allí que, el constituyente en el año 1991, consciente de esta amarga experiencia, plasmó en el Artículo 218 de nuestra Carta Magna que nuestra Nación tendría un cuerpo de Policía de carácter Nacional, para blindar al Estado frente a futuras intensiones y propuestas de creación de otros cuerpos de policía como los municipales o departamentales; sin embargo ahora la mandataria de la capital pretende que se modifique esa disposición para exponer a toda la sociedad a repetir las desafortunadas y perjudiciales experiencias ya vividas. Pretender crear la policía de carácter local, es una propuesta demagógica pues la implementación y funcionamiento requiere de una gran cantidad de recursos económicos,

logísticos, tecnológicos, entre otros, para su funcionamiento. No se cuenta en la actualidad con los recursos suficientes para tener fortalecida la Policía Nacional que presta sus servicios en Bogotá, con la tecnología y los medios necesarios para atender efectivamente la problemática de inseguridad existente; y ahora se pretende crear un cuerpo “burocrático” al servicio del alcalde de turno.

Se considera, que la propuesta en el fondo es excluyente porque se plantea para favorecer solamente a las entidades territoriales de más de dos millones de habitantes, también podría decirse que la circunscribe a las áreas urbanas, pues menciona que se crearía en “ciudades”, entonces, ¿se pretende crear una policía local “urbana”? o ¿qué capacidades puede tener una policía local para actuar en las extensas áreas rurales que presentan fenómenos de delincuencia y criminalidad tan violentos?

Ahora bien, crear un cuerpo de policía local para cumplir las funciones o parte de las funciones de la Policía Nacional, riñe con los principios de eficiencia y eficacia de la gestión pública, pues se incurriría en duplicidad y superposición, a menos de que se busque privar a la Policía Nacional de algunas de las atribuciones que Constitucionalmente tiene asignadas por virtud del Artículo 218, o que se pretenda soterradamente la municipalización del servicio público de seguridad ciudadana desmembrando la institución policial que tenemos.  

Sumado a ello, debemos considerar que no contamos con la cultura ética y de transparencia que dé garantías a la existencia de un grupo de policía que por esencia tendrá inmensas potestades, atribuciones, poder y autoridad. Se debe entender la importancia y la gran responsabilidad que se entrega a un cuerpo de Policía para actuar y la autonomía que en un momento dado tienen sus integrantes para utilizarlas para bien o “para mal”. Eso no se puede improvisar.

Está claro que la propuesta a futuro va a promover la burocracia y el tráfico de influencias, pues requiere crear todo un andamiaje de puestos y cargos que se van a constituir en cuotas políticas del mandatario y del partido político de turno. Por eso vemos como los sectores politiqueros, que si tienen una visión prospectiva generalmente para “sacar provecho”, van presurosos, por eso observamos que el trámite de la iniciativa ya se encuentra en el “honorable Congreso de la República” para modificar la Constitución Política en su Artículo 218, claro, porque conocen el inmenso campo que se le abre al poder político, que con los antecedentes mencionados, ya visualizan contar con un instrumento más para la corrupción política, para la manipulación y la coacción.

También, se deben observar modelos ya existentes como por ejemplo algunas de las policías municipales de México, o las que existían en Guatemala antes del proceso de paz en la década de los años noventa, para observar el nivel de pobreza, mínimos recursos, mala preparación, deficiente presentación, y mínimas capacidades que tienen y tenían estos cuerpos; y presagiar una situación similar en nuestro medio, ya que las entidades territoriales locales colombianas no cuentan con el musculo económico y financiero para sostener un cuerpo de policía.  

Otro aspecto a considerar es que al estar en un régimen ordinario, seguramente se constituirán agremiaciones sindicales que no son convenientes por tratarse de un servicio público de responsabilidad del Estado. En este sentido, solo bastaría observar los grandes problemas y dificultades que se han presentado con el funcionamiento del INPEC para valorar la inconveniencia de esta propuesta.

Otro punto de análisis para conformar un cuerpo de policía local debe considerar que el grupo que se organice debería tener mínimo los mismos beneficios y garantías en los aspectos de selección, formación, profesionalización, condiciones laborales, salariales, prestacionales y pensionales (asignación de retiro) que tienen los policías de la Policía Nacional, las atribuciones legales y reglamentarias para actuar y para hacer uso de la fuerza, o sea, en términos específicos un régimen especial que les otorgue respaldo y garantías jurídicas. ¿Las alcaldías municipales y distritales tienen las capacidades para asumir la creación de una entidad con estas características y especificidades? La respuesta es no.

También debe considerarse el impacto real que se lograría en número de efectivos, pues se requerirá proyectar un grupo que sea representativo en cantidad y cualificación de conocimientos. En este sentido, por ejemplo, ¿qué representarían mil (1000) policías en términos de cobertura en las veinte localidades de la ciudad de Bogotá?, pues, en promedio serían dieciséis (16) policías por turno, para actuar en localidades que tienen en promedio de cien mil a un millón de habitantes, sería un número ínfimo. Y ¿cuánto costarían?

Es una realidad que el pie de fuerza de la Policía Nacional en Colombia debe ser incrementado, y que los gobernantes del nivel local y nacional, y el mismo Director de la Institución, no le han puesto atención a este problema y ahora el déficit es bastante alto, pero la solución no está en la creación de cuerpos de policía local, sino buscar otras alternativas como adoptar los mecanismos que da la Ley 4 del 16 de enero de 1991 en la cual se emiten disposiciones que perfectamente permiten suplir las inquietudes y reclamaciones de la alcaldesa de Bogotá y que de acuerdo a su alusión no ha sido atendida por la Institución Policial, de lo que se deduce que la llevó a plantear tener “su propia policía”.

En este sentido, la Ley 4 en su Artículo 16 manifiesta: “Incorporación de la Policía Nacional Para Servicio Exclusivo en los Municipios. Cuando a juicio del Alcalde sea necesario incrementar la prestación del servicio de la policía ….. podrán contratar con la Policía Nacional la incorporación del personal respectivo, el cual será asignado de manera exclusiva a atender las necesidades municipales requeridas por el Alcalde.” … “Para la prestación de dicho servicio el Gobierno reglamentará las condiciones que deberán cumplirse, ……”

“Artículo 17. Régimen del Personal de la Policía Nacional Asignado al Servicio Municipal. El personal de policía que se incorpore de conformidad con lo dispuesto en  el artículo anterior hace parte de la Policía Nacional y en consecuencia estará sujeto al régimen de incorporación, selección, disciplinario,prestacional, de carrera, penal y demás disposiciones que rigen para la institución.”

“Parágrafo. Los salarios, primas, subsidios, prestaciones, indemnizaciones y demás derechos y costos que se originen por la prestación del servicio, serán a cargo del presupuesto del municipio contratante y así se hará constar en el contrato respectivo.”

“Artículo 18. Prestación del Servicio Ordinario de Policía Nacional en el Municipio. La incorporación adicional de policía, a que se refiere este capítulo será sin perjuicio de la prestación del servicio que corresponde a la Policía Nacional en los municipios y en el territorio de la República. En ningún caso se podrá disminuir el pie de fuerza asignado antes de la contratación en el respectivo municipio.”

Conclusiones

La preocupación de la alcaldesa de Bogotá es coherente con los resultados presentados en la última encuesta Invamer Poll del mes de agosto, que muestra como el 88% de los encuestados manifiestan que la inseguridad en el país está empeorando y en Bogotá el 78% de los encuestados manifiestan que las cosas en la ciudad están empeorando, eso sumado a que el problema de inseguridad se ha colocado en la primera preocupación de los ciudadanos por encima del desempleo, pero la creación de una policía local para Bogotá no es la solución al problema de acuerdo a lo que se ha expuesto en este escrito.

Si en realidad se busca incrementar el número de efectivos de la Policía para el servicio de vigilancia exclusivamente y mejorar la seguridad ciudadana, se debería optar por los mecanismos que da la Ley 4 de 1991, lo cual implicaría una reglamentación expresa del gobierno nacional como lo menciona la ley.

La Policía Nacional debe realizar una reingeniería seria y reducir drásticamente el número de policiales que dedica a labores administrativas, financieras, logísticas, jurídicas, tecnológicas, de salud, de bienestar y docentes, y llamar a la Reserva Activa de la institución, para que en condiciones contractuales asuman estas responsabilidades y destinar todos los policiales de servicio activo a la actividad de vigilancia y seguridad ciudadana. Estas acciones sumadas a las que puedan asumir presupuestalmente las alcaldías municipales y distritales seguramente sí tendrán un impacto visible y real en el servicio de vigilancia.    

Es evidente que una vez aprobada la propuesta, los demás municipios van a demandar el principio a la igualdad, mucho más cuando se trata de un derecho fundamental como es el de la seguridad, y nuestras honorables Cortes terminarán abriéndoles las puertas.